Fases y pruebas de la oposición
El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición y
constará de dos fases:
Fase de oposición, que se celebrará en primer lugar, y fase de concurso, que se desarrollará a continuación de la fase de oposición.
Fase de oposición:
Estará constituida por dos ejercicios que a continuación se indican, ambos obligatorios y eliminatorios y un tercero voluntario y de mérito.
a) Primer ejercicio: Se celebrará en una única sesión en la que se deberá contestar
por escrito un cuestionario integrado por 80 preguntas de tipo test (con cuatro respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas correcta) relacionadas con el temario establecido en
el anexo I de la presente Resolución, dirigido a apreciar la competencia de los aspirantes
para llevar a cabo las tareas propias de las plazas que se convocan.
De las 80 preguntas del test:
– 40 versarán sobre la totalidad del temario y tendrán carácter teórico.
– 40 versarán sobre el bloque 2 del temario y tendrán una orientación a la actividad de
gestión y a la aplicación de las normas en la Universidad Rey Juan Carlos.
Los cuestionarios incluirán cinco preguntas adicionales de reserva a fin de convalidar
sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas que
pudieran ser objeto de anulación.
Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener,
como mínimo 15 puntos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con la
tercera parte del valor de la respuesta correcta. El tiempo máximo de que dispondrán los
aspirantes para la realización del ejercicio será de dos horas. Corresponderá al Tribunal la
fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser calificado con 15 puntos, todo ello a
la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de
aspirantes y grado de conocimiento en relación con el exigible para el acceso a la Escala
de referencia.
La preparación de este ejercicio se realizará conforme al procedimiento previsto en el
artículo 31 de las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales
de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid aprobadas por
Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba objetiva dirigida a apreciar la
capacidad de los aspirantes para el manejo de las aplicaciones ofimáticas Microsoft
Office Word 2016 y Microsoft Office Excel 2016. Para ello, el Tribunal presentará a los
aspirantes los ficheros necesarios, todos ellos en soporte digital, para su tratamiento
realizando operaciones disponibles en las aplicaciones señaladas y les someterá un
cuestionario de treinta preguntas para que los opositores describan por escrito y
ordenadamente los pasos necesarios para realizar las operaciones que se soliciten en
cada una de ellas. Los cuestionarios incluirán cinco preguntas adicionales de reserva a
fin de convalidar sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el
cuestionario, aquellas que pudieran ser objeto de anulación. Para confeccionar la
respuesta, los opositores podrán comprobar los pasos en el PC. El tiempo máximo para
la realización del ejercicio será de dos horas.
Si por la disponibilidad de medios para su realización fuera preciso desarrollarlo por
grupos, se hará constar en la convocatoria del segundo ejercicio, indicando los grupos y
las horas previstas para la iniciación de la prueba para cada grupo.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener 15 puntos para superarlo.
Corresponderá al Tribunal la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser
calificado con 15 puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número
de plazas a proveer, número de aspirantes y grado de conocimiento en relación con el
exigible para el acceso a la Escala de referencia.
En la preparación de este ejercicio se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 31
de las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección
en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid aprobadas por
Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda.
c) Tercer ejercicio voluntario y de mérito: Será valorado de 0 a 12 puntos y está
destinado a valorar la capacidad de comprensión y expresión oral y escrita de los
aspirantes en el idioma inglés. Para obtener puntuación en el mismo deberá mostrarse
como mínimo un nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. Se
obtendrá la máxima puntuación si se muestra un nivel C1 del citado Marco Común.
Para la preparación de este ejercicio podrá seguirse el procedimiento previsto en el
artículo 30 de las Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de
selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid aprobadas por
Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, salvo que el Tribunal
acuerde que la preparación del ejercicio debe realizarse en sesión distinta de la realización
efectiva del mismo, en cuyo caso se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 31 de
las indicadas Instrucciones.
Para la preparación de los ejercicios segundo y tercero, el Tribunal podrá contar con
asesores especialistas en los términos previstos en la base 7.2.
Fase de concurso:
Solo participarán aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Puntuarán, los servicios efectivos prestados como personal en la Administración Pública
en puestos de trabajo con funciones iguales a las de la Escala Auxiliar Administrativa o
equivalentes, entendiendo por tales las consistentes en el desempeño habitual de tareas
administrativas realizadas en el subgrupo C2 o equivalente laboral, a razón de:
– 0,28 puntos por cada mes completo de servicios en la Universidad Rey Juan Carlos.
– 0,18 puntos por cada mes completo de servicios en otras Universidades Públicas.
– 0,13 puntos por cada mes completo de servicios en otras Administraciones Públicas.
Para el cómputo, se sumarán los días de servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y se dividirán entre 365.
El cociente resultante se multiplicará por 12. El resultado así obtenido, con dos decimales redondeados
al superior si el tercer decimal supera el 5 y al inferior si no lo alcanza, se multiplicará por el valor asignado al mes completo antes indicado.
Igualmente, y hasta un máximo de 1 punto, serán valorados los cursos o formación
efectuados por los aspirantes en materia de igualdad: 0,05 puntos por hora de formación.
La valoración máxima de la fase de concurso será de 40 puntos.
El Tribunal hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición y concurso), no pudiendo resultar
aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas
convocadas.