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LISTAS DE CONTRATACIÓN DE CORREOS

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Las Bolsas de Empleo de Correos se constituyen a nivel provincial, y pueden comprender una o varias localidades (capital u oficina/s técnica/s) y los centros de trabajo ubicados en ella, así como las oficinas y/o servicios rurales de ella dependientes, ya sean de jornada completa o parcial. Se utilizarán para la cobertura de todas las necesidades de personal temporal que se produzcan en las localidades, centros de trabajo, oficinas y/o servicios rurales que conformen en cada momento el ámbito geográfico de la Bolsa.

TIPOS DE BOLSAS

En cada ámbito geográfico existirán como máximo cuatro Bolsas de Empleo:

  • Atención al cliente
  • Agente/Clasificación
  • Reparto 1: Reparto 1 y servicios rurales motorizados
  • Reparto 2: Reparto 2 y servicios rurales no motorizados
NÚMERO DE PERSONAS CANDIDATAS

Las Bolsas de Empleo contienen un número máximo de candidatos y candidatas que ha sido determinado en función de los volúmenes de tráfico postal, la media de contratación temporal y el volumen de empleo de la Compañía, teniendo en cuenta, las necesidades a tiempo completo y tiempo parcial, y la evolución del índice de absentismo médico.

INSCRIPCIÓN EN DOS BOLSAS DE EMPLEO

Cada persona podrá estar inscrito en un máximo de dos Bolsas de Empleo, pero siempre dentro de la misma Provincia o de cualquiera de las provincias limítrofes. Si se solicita una Provincia distinta o no limítrofe, no se tendrá en cuenta la inscripción.

NECESIDADES DE COBERTURA

Las Bolsas configuradas se utilizarán tanto para la contratación de necesidades a tiempo completo como para tiempo parcial. En todo caso, la persona candidata podrá indicar en su solicitud, como máximo, dos modalidades de jornada de las tres posibles:

  • Tiempo completo.
  • Tiempo parcial con distribución diaria semanal.
    Mínimo de 4 horas/diarias continuadas, excepto en el ámbito rural
  • Tiempo parcial por días: determinados días a la semana o con distribución de viernes, sábados, domingos y/o festivos
    Mínimo de 4 horas/diarias continuadas
SERVICIOS RURALES

El personal aspirante podrá elegir si desea o no trabajar en los servicios rurales incluidos en el ámbito geográfico de la/s Bolsas que soliciten, haciendo constar en la solicitud, en el lugar reservado para ello, lo siguiente:

  • Si su solicitud se presenta sólo para trabajar en servicios rurales o, por el contrario, para cualquier tipo de necesidad de cobertura.
  • En todo caso, la persona candidata tendrá la posibilidad de marcar en función de las siguientes opciones:
    -El/los grupo/s de servicios rurales que teniendo origen en la misma localidad/oficina técnica poseen los mismos requisitos (aportación de vehículo adecuado…). En este sentido, si la persona candidata selecciona un grupo determinado de servicios rurales, estará obligada a prestar servicios en todos los servicios incluidos en dicho grupo.
    -Servicios rurales individualizados (oficinas auxiliares, con aportación de local y servicios rurales de reparto a pie).
  • Adicionalmente, deberá indicar si desea trabajar en las diferentes modalidades de tiempo parcial distintas a las características del citado servicio (siendo las mismas modalidades de jornada a tiempo parcial que las establecidas).

En todo caso, a las personas peticionarias de servicios rurales, se les exigirá el compromiso de aportar los medios necesarios que se requieran para su desempeño (aportación de vehículo adecuado, local, etc.).
A las personas candidatas inscritas en servicios rurales, de acuerdo con su solicitud, les será de aplicación todo el régimen de funcionamiento de las Bolsas. No obstante, la renuncia a un servicio rural de los pertenecientes a un grupo determinado no afectará al resto.

REQUISITOS DEL ASPIRANTE

Los/las aspirantes de las Bolsas de Empleo deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
  • Cumplir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.
  • Titulación: de acuerdo con el Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, se requiere titulación de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, o titulación oficial que la sustituya, o conocimientos, experiencia y aptitudes en el desempeño de su profesión equivalentes a esta titulación. En el caso de títulos o estudios extranjeros deberán estar homologados o convalidados de acuerdo con la normativa vigente.
  • Para la Bolsa de Reparto 1 se requerirá la posesión del permiso de conducir moto A, A1, A2, o la posesión del permiso de conducir B (B1 antiguo) con una antigüedad superior a tres años, salvo para los servicios rurales con automóvil. En todo caso, la persona candidata que se inscriba para puestos de reparto en moto se compromete al desempeño de dicho puesto.
  • Para los servicios rurales solicitados, en los que sea necesario aportar vehículo adecuado y/o local, se requerirá del candidato o candidata cumplir con tal obligación, así como estar en posesión del correspondiente permiso de conducir.
  • No haber sido separado/a del servicio ni despedido/a disciplinariamente.
  • No haber tenido rescindido un contrato por la no superación de un periodo de prueba en Correos en el desempeño del puesto solicitado. En razón de la naturaleza del hecho causante, podrá afectar a una o a las dos Bolsas de Empleo.
  • No haber sido evaluado negativamente para el desempeño de un puesto de trabajo en Correos, que, en función de la naturaleza de los hechos, afectará a una o a las dos Bolsas de Empleo.
  • No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
  • No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar, acreditado por los servicios médicos de Correos.
  • No mantener/poseer una relación laboral de carácter indefinido/fijo o fijo discontinuo con la Compañía.
  • Cumplir con los requisitos establecidos para los puestos de trabajo que comprenden las Bolsas de Empleo ofertadas en la convocatoria (carné de conducir, aportación de vehículo adecuado – apartado 2.6 -, local, etc.).

Estos requisitos deberán reunirse en la fecha de terminación del plazo de presentación online de solicitudes y acreditarse, en su caso, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección de Personas y Relaciones Laborales. Al mismo tiempo, deberán mantenerse y ser acreditados en el momento previo a efectuar cada contratación.

SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán, exclusivamente de forma online, en la página habilitada al efecto en internet www.correos.com (Correos / Personas y Talento / Convocatorias Públicas) y en Conecta, la intranet de Correos. Para grabar/cumplimentar la solicitud se seguirán las instrucciones que figuran en la misma. No se admitirán solicitudes presentadas de distinta forma.
Los datos relativos a los requisitos exigidos, así como los méritos definidos en las bases, deberán reunirse y valorarse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. En ambos casos deberán mantenerse y ser acreditados, tanto en el momento de presentación de la solicitud online como, en el momento previo a efectuar cada contratación. En caso de falsedad en los datos y/o documentación, o por no poseer los requisitos exigidos, el/la aspirante decaerá de la/s Bolsa/s de Empleo.

SELECCIÓN

Valoración de méritos
Los méritos de las personas candidatas se valorarán de conformidad con los siguientes criterios:
Valoración de los servicios efectivamente prestados como personal laboral en Correos de acuerdo con:

  • No se valorarán los servicios prestados por la persona candidata durante una relación laboral en Correos indemnizada por despido. Si durante la vigencia de las Bolsas, configuradas de acuerdo con las bases, se indemnizaran por despido servicios prestados a algún candidato o candidata, se efectuará su rebaremación y consiguiente reordenación en las Bolsas en donde figure inscrito.
  • Los servicios prestados se puntuarán de acuerdo con el baremo siguiente:
    -La suma de antigüedad total en Correos, en cualquier puesto de trabajo. Por cada día de la duración efectiva del o de los contratos a tiempo completo, o su equivalencia por acumulación de contratos a tiempo parcial.
    -Por haber desempeñado cada uno de los puestos de trabajo en la provincia solicitada Por cada día de duración efectiva del o de los contratos a tiempo completo, o su equivalencia por acumulación de contratos a tiempo parcial.

El cálculo de la antigüedad se realizará por cada uno de los contratos suscritos en Correos, sumando los días de cada relación laboral. Además, en el caso de que la persona candidata hubiera formalizado contratos a tiempo parcial, se aplicará la reducción correspondiente en función del porcentaje de parcialidad, y en las modalidades de tiempo parcial por días determinados o fines de semana y festivos, se tendrán en cuenta, respectivamente, los días concretos de la semana de su plan de horario de trabajo o la conversión en días efectivos de trabajo.
A los/las aspirantes que hubieran obtenido determinadas respuestas correctas en la prueba tipo test realizada en la Convocatoria de Ingreso de Personal Laboral Fijo en el marco del Proceso de Consolidación de Empleo Temporal en la S.A.E. Correos y Telégrafos, pertenecientes al grupo profesional IV (personal operativo), se le valorará de acuerdo con lo establecido en las bases.
Por permisos y licencias de conducción según puesto tipo solicitado:

  • A las personas aspirantes que posean los permisos y licencias de conducción, independientemente de la antigüedad del mismo, se les valorará de acuerdo con lo establecido en las bases.
  • Las puntuaciones son compatibles. El máximo por permiso y Ucencias de conducción en la Bolsa de Reparto 1 es de 9 puntos.

Por formación académica oficial:

  • A los/las aspirantes que poseen la titulación académica oficial se les valorará de acuerdo con el baremo que establezcan las bases.
  • Las puntuaciones son incompatibles. El máximo por formación académica oficial se obtiene con la posesión de Titulación universitaria o FP Grado Superior.
  • Los títulos o estudios extranjeros, universitarios o no, deberán estar homologados y convalidados según la normativa vigente.

Por la posesión de los cursos de formación impartidos por Correos o los homologados de acuerdo con lo establecido en el Convenio Colectivo vigente y protocolo de desarrollo.
Acreditar conocimientos de idiomas:

  • Para puestos de Reparto y Agente / Clasificación:
    -En las Comunidades Autónomas de Galicia, País Vasco, Navarra, Cataluña, Illes Balears y Comunidad Valenciana, donde en sus Estatutos de Autonomía se reconoce, además del castellano, otra lengua oficial propia:
    Por conocimientos del idioma inglés, en razón al nivel A2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER).
    Por conocimientos de la lengua oficial propia de cada Comunidad Autónoma.
    La acreditación documental del conocimiento de estas lenguas oficiales propias se efectuará mediante aportación del correspondiente certificado lingüístico expedido u homologado por los organismos públicos competentes en la materia, con indicación expresa del nivel de competencia lingüística alcanzado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia (MCER). En ningún caso se podrá acreditar mediante fotocopia del historial académico del solicitante.
    -En el resto de Comunidades/Ciudades Autónomas (incluidas Ceuta y Melilla), no recogidas en el apartado anterior, por conocimientos del idioma inglés, en razón al nivel A2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER).
  • Para puestos de Atención al Cliente:
    –
    En las Comunidades Autónomas de Galicia, País Vasco, Navarra, Cataluña, Illes Balears y Comunidad Valenciana, donde en sus Estatutos de Autonomía se reconoce, además del castellano, otra lengua oficial propia:
    Por conocimientos del idioma inglés, en razón al nivel B1 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER).
    Por conocimientos de la lengua oficial propia de cada Comunidad Autónoma.
    La acreditación documental del conocimiento de estas lenguas oficiales propias se efectuará mediante aportación del correspondiente certificado lingüístico, expedido u homologado por los organismos públicos competentes en la materia, con indicación expresa del nivel de competencia lingüística alcanzado, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia (MCER). En ningún caso se podrá acreditar mediante fotocopia del historial académico del solicitante.
    -En el resto de Comunidades/Ciudades Autónomas (incluidas Ceuta y Melilla), no recogidas en el apartado anterior, por conocimientos del idioma inglés, en razón al nivel B1 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER).
CAPACIDAD PSICOFÍSICA

La persona candidata deberá poseer la capacidad psicofísica necesaria para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar en los puestos de trabajo de las Bolsas de Empleo solicitadas.
Para acreditar que poseen dicha capacidad, todos los candidatos y candidatas deberán presentar, con carácter previo a la primera contratación, un certificado médico donde se acredite por un facultativo, que no padecen enfermedad, ni están afectados por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del puesto/s de la bolsa/s de empleo en la que se inscriban.
Correos podrá realizar, a la vista del certificado aportado por el/la aspirante, los reconocimientos médicos complementarios que resulten necesarios para determinar la aptitud psicofísica de la persona candidata inscrita en bolsas de empleo. Estos reconocimientos serán obligatorios, y podrán incluir la realización de las pruebas médicas que sean necesarias para determinar la aptitud psicofísica.

ORDENACIÓN DE LA BOLSA

La Bolsa se ordenará en función de la puntuación obtenida por cada persona aspirante hasta el límite máximo de puestos por modalidad de jornada (completa, parcial, parcial por días, y viernes, sábados, domingos y/o festivos) que tiene asignado la Bolsa. En caso de empate se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

  • El número de días efectivamente trabajados en el puesto y provincia.
  • El número de días efectivamente trabajados por antigüedad total.
  • Si se trata de una Bolsa de Reparto 1, se tendrá en cuenta el que se disponga de la puntuación adicional por el permiso específico de moto.
  • Por la puntuación obtenida por el número de respuestas acertadas, en la convocatoria de ingreso.
  • Por la puntuación obtenida por el número de respuestas acertadas, en la convocatoria de ingreso (Apartado
  • Obtener el mérito correspondiente al idioma inglés.
  • Por la puntuación correspondiente al mérito de la formación académica.
  • Si se trata de una Bolsa de Reparto 2 y Agente Clasificación, por la puntuación obtenida por poseer el permiso de conducción B.
  • En cualquier caso, si persiste el empate, la Comisión de Empleo Central determinará otros criterios objetivos de desempate.
PUBLICACIÓN

Una vez finalizada la gestión y ordenación de solicitudes, los datos provisionales de los/las solicitantes de cada Bolsa se publicarán de forma online en la página habilitada al efecto en la web de Correos, www.correos.com y en la intranet corporativa Conecta, especificándose, para el caso de las solicitudes no admitidas, la razón de su exclusión.
La publicación de los datos provisionales no conlleva la inscripción definitiva en la Bolsas.
Durante el plazo de reclamación los/las aspirantes podrán revisar sus datos provisionales y, en su caso, presentar reclamaciones frente a las exclusiones por falta de requisitos y/o por disconformidad con los méritos publicados.
Las reclamaciones deberán presentarse de forma online y de acuerdo con los criterios e instrucciones de la Dirección de Personas y RRLL que se dicten en su momento. En todo caso, no se admitirán las que se presenten de otra manera.
A través de la web de Correos y en la intranet corporativa de Correos, Conecta, los candidatos y candidatas podrán consultar el resultado definitivo sobre su inclusión o no en las bolsas de empleo (puntuación y número de orden obtenido en función de la/s bolsa/s y/o modalidad/es de jornada solicitada/es y plazas convocadas).

DECAIMIENTO DE LAS LISTAS

El decaimiento de los/las aspirantes de las Bolsas en que figure inscrito se producirá en alguna/s de las siguientes circunstancias:

  • No aceptación o renuncia a cualquier contrato sin causa justificada. Es decir, la no aceptación o renuncia de un contrato, cuya modalidad de jornada haya sido solicitada por la persona candidata, comportará su decaimiento de la Bolsa de Empleo correspondiente.
  • No superación del periodo de prueba. En razón a la naturaleza de los hechos afectará a una o a las dos Bolsas.
  • Haber sido separado del servicio o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de Correos.
  • Por declaración NO APTO del Servicio Médico de la empresa.
  • Por pérdida o incumplimiento sobrevenido de los requisitos necesarios para ocupar el puesto (salvo la retirada temporal del permiso de conducir), conlleva la rescisión del contrato y el decaimiento de la persona aspirante de la Bolsa por la que fue contratado.
  • Por evaluación del desempeño negativa en la prestación de servicios en Correos. En función de la naturaleza de los hechos afectará a una o a las dos Bolsas.
  • Por incapacidad temporal por enfermedad común, siempre que esta se haya alegado como causa de no aceptación de un contrato en dos llamamientos en un periodo máximo de seis meses, salvo casos excepcionales que se abordarán en las Comisiones de Empleo Provinciales.
  • Por condena por sentencia firme con pena de inhabilitación especial o absoluta para empleo o cargo público.
  • Por la falsedad de los datos o documentación aportada por la persona candidata en su solicitud (ver Apartado 4 Solicitud).
  • Por la pérdida o no posesión de los requisitos por la persona candidata.
  • Por cualquier otra causa que se determine en la Comisión de Empleo Central.

La víctima de violencia de género (artículo 1 de la LO 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de género) o de otras formas de violencia contra la mujer, podrá solicitar a la Comisión de Empleo Central, a través de la Comisión de Empleo Provincial, un cambio de bolsa de contratación, previa acreditación de su situación de acuerdo con la normativa vigente. Este cambio podrá ser temporal o definitivo atendiendo a situación y mientras estén vigentes las bolsas de empleo.

VIGENCIA

Las Bolsas de Empleo resultantes de la presente convocatoria mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor de otras Bolsas constituidas por una nueva convocatoria, o hasta que cualquier otra circunstancia incida en su existencia.

IDIOMA INGLÉS

Se otorgarán los puntos establecidos en el apartado 5.6 por conocimientos de idioma inglés en razón al nivel y títulos o certificados que se establecen a continuación:
1. Para puestos de Reparto y Agente Clasificación:

  • Estar en posesión del título de Licenciado en Filología Inglesa y/o Traducción de lengua inglesa.
  • Disponer cualquiera de los certificados en lengua inglesa del nivel A2 o superior según la tabla de este anexo.

2. Para puestos de Atención al Cliente:

  • Estar en posesión del título de Licenciado en Filología Inglesa y/o Traducción de lengua inglesa.
  • Disponer cualquiera de los certificados en lengua inglesa del nivel B1 o superior según la tabla de este anexo.
INFORMACIÓN DE INTERÉS

Enlace a las últimas bases de contratación para consultar las puntuaciones que se otorgan en cada apartado de la fase de concurso.
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