Fases y pruebas de la oposición
Fase de oposición
Estará integrada por dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio, siendo necesario superar el primero para realizar el segundo.
Esta fase se valorará en 20 puntos.
Cada uno de los dos ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 90 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará sobre los temas del programa que figura como anexo I de esta convocatoria.
Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.
El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 90 minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 30 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará sobre los supuestos de carácter práctico y aplicado de información bibliográfica, ordenación de fondos y servicios a usuarios basados en el temario, que figura como anexo I de esta convocatoria.
Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarlo. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.
El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 60 minutos.
Fase de concurso:
En esta fase se valorarán hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a-Antigüedad: Hasta un máximo de 9 puntos.
1. Los servicios efectivos prestados a la UPM de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Técnico Auxiliar de Biblioteca, Grupo C, Subgrupo C1, a razón de 0,15 puntos por mes completo.
2. Los servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Técnico Auxiliar de Biblioteca, Grupo C, Subgrupo C1, a razón de 0,09 puntos por mes completo.
3. Los servicios efectivos prestados a la UPM de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Ayudantes de Biblioteca, Grupo A, Subgrupo A2, a razón de 0,06 puntos por mes completo.
4. Los servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Ayudantes de Biblioteca, Grupo A, Subgrupo A2, a razón de 0,03 puntos por mes completo.
La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante certificación, según el modelo del anexo IV de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Personal de Administración y Servicios.
b-Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de titulación académica superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo C1 del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Tribunal, en el Acuerdo de la publicación definitiva de aprobados de la fase de oposición, abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación de los méritos recogidos en la letra a) y en la letra b), referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Posteriormente, se publicará en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (http://www.upm.es) el Acuerdo que contenga la valoración provisional de los méritos, con indicación de la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicho Acuerdo, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará un Acuerdo con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar la fase de oposición.
Valoración final: La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de que consta la fase de oposición.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:
a) Mayor puntuación en la primera parte del ejercicio de la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en la segunda parte del ejercicio de la fase de oposición.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.
De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido empezando por la letra señalada en esta base sexta.